CAPÍTULO V – ORGANIZACIÓN DEL CENTRO

1.     ASISTENCIA A CLASE, PUNTUALIDAD Y JUSTIFICACIÓN DE FALTAS

Las faltas de asistencia a clase tendrán la consideración de JUSTIFICADAS o INJUSTIFICADAS de acuerdo con la siguiente definición:

  • FALTAS JUSTIFICADAS: Se considerarán faltas de asistencia Justificadas todas aquellas cuya causa sea debidamente acreditada mediante documento escrito: visita médica concertada, enfermedad, deber inexcusable, etc.

Si la causa no se acredita adecuadamente y sólo existe la justificación de los padres o la propia, en caso de ser mayores de edad, el tutor/a valorará la justificación o no de la ausencia.

  • FALTAS INJUSTIFICADAS: Se considerarán faltas de asistencia Injustificadas todas aquellas de las que no exista aclaración, justificación o acreditación documentada alguna, o aquellas que, aun habiendo sido justificadas por los padres/madres no sean valoradas como tales por el Tutor/a.

Teniendo en cuenta esta consideración, el centro establece las siguientes normas sobre la asistencia a clase:

  1. Los alumnos asistirán con puntualidad a clase como medio indispensable de su formación humana y académica.
  • Todos los profesores anotarán los retrasos y las faltas de asistencia de los alumnos, estén o no justificadas, en los partes de faltas establecidos al efecto.
  • Los alumnos justificarán sus faltas en un plazo máximo de tres días desde su incorporación a las clases, entregando el justificante al tutor y enseñándolo previamente a los profesores implicados. El impreso oficial de justificación de faltas lo podrán recoger en Conserjería.
  • El Tutor supervisará semanalmente los partes y registrará las ausencias y retrasos en el programa SENECA. Los tutores comunicarán a los padres por escrito las faltas de sus hijos al finalizar cada mes; o de forma inmediata, por teléfono o por escrito, cuando las faltas se produzcan en alguna/s clase/s y no en toda la jornada.
  • El alumnado tiene la obligación de incorporarse al centro y al aula con puntualidad. Será el profesorado en su aula el competente para autorizar, o no, la entrada con retraso de un alumno/a en función de su criterio personal y/o de las causas que alegue o presente.
  • Si el alumno/a no fuese autorizado para acceder al aula, quedará a cargo del profesorado de guardia en el aula que se establezca al efecto y el profesor/a de la materia deberá reflejar la ausencia injustificada en el parte diario de clase.
  • Si el alumno/a fuese autorizado para acceder al aula, su retraso deberá reflejarse en el parte diario de clase para constancia del profesor/a tutor/a.
  • Si el retraso se produce a 1ª hora (8.15), y las puertas del centro están cerradas, los alumnos de E.S.O. anotarán su nombre en el Libro de Registro que, a tal efecto, se hallará en Conserjería y comunicarán su retraso en Jefatura de Estudios, desde donde se llamará a sus padres o tutores legales para explicarles lo ocurrido.

     El resto de alumnos no podrán entrar al centro hasta el siguiente cambio de hora.

  • Cuando el alumno/a acumule 10 retrasos injustificados a lo largo de un mes, se considerará como Conducta Contraria a las Normas de Convivencia y será sancionado/a con un día de suspensión del derecho de asistencia a clase. Si la situación continúa, sería considerada como Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia y sancionada según lo establecido en el Plan de Convivencia.
  • Tres horas de ausencia a clase sin justificar constituyen una Conducta Contraria a las Normas de Convivencia. El Tutor, de acuerdo con el Jefe de Estudios, cumplimentará una amonestación por escrito que constará en el expediente del alumno, y de la que serán informados sus padres, aplicándose las correcciones oportunas contempladas en el presente Reglamento.
  1. La acumulación y reiteración de faltas de asistencia dará lugar a una Conducta Gravemente Perjudicial para la Convivencia, y al alumno se le aplicarán las correcciones establecidas en el presente  Reglamento.
  • En todo caso, si un alumno faltara el 25 % (35% en caso de faltas justificadas) de las horas lectivas de una asignatura a lo largo del curso académico, se considerará como “Abandono de la materia” y se habilitarán sistemas extraordinarios de evaluación distintos de los habituales, según el criterio señalado por el Departamento Didáctico implicado, de todo lo cual se informará por escrito al alumno y/o a sus padres en dos fases:
  • Primera comunicación: Informe de Apercibimiento por Abandono de Asignatura, firmado por el Tutor/a y por el Jefe de Estudios, en el que se advierte al alumno de que está incurriendo en una situación de abandono y de que, de persistir en ello, será sancionado.
  • Segunda y última comunicación: Comunicación de Abandono de Asignatura, si el alumno no modifica su actitud, firmada por el Tutor/a y por el Jefe de Estudios, en el que se le comunica al alumno la propuesta de sanción que, como norma general, será la pérdida del derecho a la Evaluación Continua.

El número de horas de ausencias del alumno a partir de las cuales se inicia el proceso se establecen según figura en las siguientes tablas:

FALTAS INJUSTIFICADAS

ESO/BACH/FPB (35 semanas) 1er CURSO CICLOS (32 semanas) 2º CURSO CICLOS (22 semanas)
Horas Sem.1ª Com2ª y última Com. Horas Sem.1ª Com2ª y última Com. Horas Sem.1ª Com2ª y última Com.
2h9h18h 2h8h16h 2h6h11h
3h13h26h 3h12h24h 3h8h17h
4h18h35h 4h16h32h 4h11h22h
5h22h44h 5h20h40h 5h14h28h
6h26h53h 6h24h48h 6h17h33h
7h31h61h 7h28h56h 7h19h39h
8h35h70h 8h32h64h 8h22h44h
9h39h79h 9h36h72h 9h25h50h
10h44h88h 10h40h80h 10h28h55h
11h48h96h 11h44h88h 11h30h61h
12h53h105h 12h48h96h 12h33h66h

FALTAS JUSTIFICADAS

ESO/BACH/FPB (35 semanas) 1er CURSO CICLOS (32 semanas) 2º CURSO CICLOS (22 semanas)
Horas Sem.1ª Com2ª y última Com. Horas Sem.1ª Com2ª y última Com. Horas Sem.1ª Com2ª y última Com.
2h12h25h 2h11h22h 2h8h15h
3h18h37h 3h17h34h 3h12h23h
4h25h49h 4h22h45h 4h15h31h
5h31h61h 5h28h56h 5h19h39h
6h37h74h 6h34h67h 6h23h46h
7h43h86h 7h39h78h 7h27h54h
8h49h98h 8h45h90h 8h31h62h
9h55h110h 9h50h101h 9h35h69h
10h61h123h 10h56h112h 10h39h77h
11h67h135h 11h62h123h 11h42h85h
12h74h147h 12h67h134h 12h46h92h

El proceso se realizará de la siguiente forma*:

  1. El tutor/a del grupo remitirá al alumno/a o a sus representantes legales  el Informe de Apercibimiento por Abandono de Asignatura cuando se alcancen las horas establecidas para la Primera Comunicación en las tablas anteriores. El tutor/a cuidará que quede constancia fehaciente de la recepción de esta comunicación. En ese documento se indicará de forma expresa los efectos que esta circunstancia puede acarrear, así como el número de ausencias que quedan para alcanzar el límite establecido.
  • Las alegaciones y la documentación justificativa que, en su caso, aporte el alumno/a o sus representantes, serán valoradas por el tutor/a.
  • Alcanzado el límite permitido (Segunda y última comunicación), el tutor/a remitirá al alumno/a o a sus representantes la Comunicación de Abandono de Asignatura, indicando la elevación de propuesta a Jefatura de Estudios de pérdida de evaluación continua y el establecimiento alternativo de un sistema extraordinario de evaluación.
  • Las alegaciones y la documentación justificativa que, en el plazo de las 48 h posteriores a la recepción de la Segunda Comunicación, aporte el alumno/a o sus representantes, serán valoradas por Jefatura de Estudios.
  • Tras su estudio y análisis, Jefatura de Estudios resolverá lo que proceda, dando cuenta al alumno/a, o sus representantes, y al tutor/a.
  • Una copia de esta resolución se adjuntará al expediente académico del alumno/a.

Para posibilitar este procedimiento, los Departamentos Didácticos recogerán en su Proyecto Curricular el sistema de evaluación extraordinaria a aplicar.

  • La valoración de los justificantes de las faltas enviadas por los padres las realizará el Tutor, según lo establecido al principio de este apartado. En caso de solicitar la realización de un examen en una fecha distinta a la prevista, deberá presentarse justificante médico o documento de garantía suficiente para ser estudiado por el Departamento.
  • Los alumnos que, teniendo una prueba de evaluación, falten a las clases anteriores sin justificar adecuadamente su absentismo (aportando certificado médico o similar) incurrirán en una Conducta Contraria a las Normas de Convivencia.
  • Los Delegados/as o Subdelegados/as de grupo recogerán el parte de faltas semanal en Conserjería, a la entrada al centro, firmando el impreso de recogida que estará en la ventanilla. Los Delegados/as o Subdelegados/as serán los responsables de que todo el profesorado firme el parte antes de salir del aula y de entregarlo a diario a la salida, volviendo a firmar en el impreso, hasta el día siguiente.
  • Nadie debe escribir en el parte si no es el profesor/a, el delegado/a de curso o persona responsabilizada en su ausencia, indicando éste que la clase no ha sido impartida, si hubiere lugar.
  • La firma del profesor o profesora supone la impartición de docencia en la hora reflejada.
  • El control de ausencias y retrasos a clase del alumnado es obligatorio, por lo que el profesorado deberá dejar constancia en el parte diario de las ausencias y retrasos producidos.

*En el caso de los CCFF se establece que el porcentaje total para la pérdida de evaluación continua sea del 35% del total de faltas de asistencia sean o no justificadas, simplificando así el proceso de cálculo de las horas en beneficio del alumnado. El procedimiento al completo se explica en el apartado 11 del Capítulo V.

2. SOBRE LA JORNADA ESCOLAR Y LA ENTRADA Y SALIDA DE ALUMNOS.

Con respecto a la jornada escolar, a lo largo del día se distinguen dos turnos de actividad:

  • Turno de mañana: Desde las 8.15 hasta las 14.45 horas.
  • Turno de tarde- noche: Desde las 15:00 hasta las 21:20.

Con respecto al control de acceso y salida del centro durante el turno de mañana, las puertas permanecerán cerradas y sólo se permitirá la entrada y salida del alumnado en los casos que se indican en los siguientes apartados.

Durante el turno de tarde se da la peculiaridad de que debido a la postobligatoriedad de las enseñanzas, el perfil del alumnado, el personal laboral disponible y la celebración de diversas  actividades y talleres extraescolares simultáneos al desarrollo de las clases, las puertas del centro permanecerán abiertas y los padres, madres o tutores legales de alumnos menores de edad que se encuentren matriculados en dichas enseñanzas, serán informados de tal cuestión al inicio de curso mediante el impreso “Comunicación –SALIDA – ENTRADA DURANTE EL TURNO DE TARDE-“ y cuya notificación de recibí debe constar almacenada en Jefatura de Estudios.

No obstante, el centro abre sus puertas a las 8.00 horas para posibilitar la incorporación progresiva del alumnado del turno de mañana y permanece abierto hasta las 21:30 de manera ininterrumpida.

Al margen del horario establecido, el centro abrirá sus puertas para acoger cualquier actividad extraescolar, reunión o actos/actividades programadas por las distintas entidades colaboradoras, siempre bajo la supervisión de algún miembro de la comunidad educativa.

Las peculiaridades relacionadas con este apartado que guarden relación con las enseñanzas de Formación Profesional, se indican en el Capítulo W del presente documento.

Ningún alumno podrá abandonar injustificadamente el Centro durante las horas lectivas. El incumplimiento de esta norma será de exclusiva responsabilidad del alumno, de sus padres o de sus tutores legales. La salida del Centro durante la Jornada Escolar sólo será posible en los casos que se regulan a continuación:

  1. Los alumnos podrán abandonar el centro en cualquier momento dentro de la jornada escolar cuando se trate de un imprevisto médico urgente, una cita médica concertada o alguna otra circunstancia legal que se considere un deber inexcusable para el alumnado.

     En caso de imprevisto médico, el Jefe de Estudios o el profesor de Guardia se pondrán en contacto de inmediato con la familia. Si así lo deciden, recogerán al alumno en el centro y cumplimentarán el impreso de “Autorización –SALIDA DEL CENTRO-” que se les facilitará en Conserjería y en el que deberán hacer constar el nombre del familiar mayor de edad que recoge al alumno, su DNI y el motivo por el cual se ausenta del Centro.

     En caso de cita médica o de cumplimiento de deber inexcusable, el procedimiento será el mismo que en el caso anterior pero serán los Conserjes los que localicen al alumno para que pueda salir con el familiar que lo esté esperando.

  • A los alumnos mayores de edad de Bachillerato, FPB y Ciclos Formativos se les facilitará un carnet con el que podrán salir en el intercambio de clases y Recreo, y entrarán al toque del timbre. Si no lo hacen, deberán esperar a la siguiente hora. No obstante, se recuerda lo establecido en el punto 1 acerca de las faltas injustificadas de asistencia.
  • A los alumnos menores de edad de Bachillerato, FPB y Ciclos que sólo estén matriculados en algunas materias o módulos se les facilitará un carnet que lo certifique y podrán salir al finalizar cada una de ellas, previa autorización por sus padres o tutores legales cumplimentando el impreso “Autorización –SALIDA – ENTRADA-“. Los conserjes tendrán un listado con los alumnos que se encuentren en esta situación.
  • A Los alumnos menores de edad de Bachillerato, FPB y Ciclos Formativos, podrán salir en el Recreo para lo que se les facilitará el carnet correspondiente, , previa autorización por sus padres o tutores legales cumplimentando el impreso “Autorización –SALIDA – ENTRADA-“.
  • Si en la última hora de la mañana faltase algún profesor de Bachillerato, FPB o Ciclos Formativos, el grupo podrá optar por quedarse en la Biblioteca o el aula (atendidos por el profesor de Guardia), o por salir del centro, previa autorización de un miembro del Equipo Directivo y siempre que tengan la autorización prevista en el apartado “d)”.
  • Durante los recreos los alumnos no podrán permanecer en las aulas ni en los pasillos. El delegado se responsabilizará de que el aula permanezca cerrada durante este periodo de tiempo.
  • En las enseñanzas de Formación Profesional, debido a los procesos de ampliación de matrícula, matriculaciones parciales, alumnos con unos módulos aprobados y otros no, etc, se hace cada vez más compleja la labor de información de cambios de hora al alumnado afectado, resultando difícil garantizar que todos los matriculados en la asignatura que va a cambiarse de hora sean debidamente informados. Por este motivo, no está permitido el cambio de horas en el horario lectivo de un grupo por ausencia de un profesor independientemente del motivo de la misma.


3. SALIDA DE ALUMNOS DEL AULA DURANTE LA JORNADA ESCOLAR

  1. Los alumnos no pueden salir del aula durante clase, excepto por algún motivo urgente y justificadísimo, en cuyo caso, el profesor dará al alumno la Tarjeta de Autorización de Salida del Aula y éste tendrá que devolverla cuando vuelva. En este caso, se anotará una “S” en el Parte de Incidencias para conocimiento del resto de profesores.
  • No puede haber alumnos en el patio durante las horas de clase, excepto si es por estar en clase de Educación Física. Los profesores de Educación Física o de Guardia que vean a algún alumno en esta situación deberán enviarlos a Jefatura de Estudios de inmediato.
  • En los cambios de clase, los alumnos no deberán ausentarse de su aula. Permanecerán dentro de su aula mientras viene el profesor. No podrán estar por los pasillos o en un aula que no le corresponda. Los profesores que, al salir o al entrar a clase, adviertan este tipo de situaciones, enviarán a los alumnos a Jefatura de Estudios.
  • En caso de ausencia de algún profesor, los alumnos, en ningún caso, saldrán del aula. El delegado o delegada, pasados 10 minutos del toque de timbre, bajará a buscar a un profesor de Guardia.

El incumplimiento de alguna de estas normas será motivo de parte disciplinario y, como consecuencia, podrá acarrear una sanción, individual o grupal.

4. APERTURA Y CIERRE DE AULAS.

  1. Las clases se desarrollan de manera continuada, y sólo el tiempo de llegada del profesor/a es el receso existente entre las sesiones lectivas.
  • Como norma general de actuación, el profesor/a que sale de clase procurará dejar a los alumnos en orden y dentro del aula, en cumplimiento de lo establecido en el punto 3. 
  • Todo el profesorado poseerá las llaves de acceso a sus aulas correspondientes. En el caso de necesitar la llave de algún aula específica deberá retirarla de la Conserjería del Instituto y devolverla una vez finalizada su utilización.
  • Todas las aulas de uso común disponen de una misma cerradura con llave maestra.
  • Es responsabilidad del profesor saliente, cuando los alumnos del grupo cambien de aula o al salir al Recreo o al finalizar la jornada, cerrar el aula con llave.
  • Bajo ningún concepto se facilitará la llave de aula a ningún alumno. En caso de que fuera necesario abrir un aula que esté desocupada, el profesor/a o conserje deberán acompañar al alumno/a que lo requiera.

5. USO DE LOS ASEOS DURANTE LA JORNADA ESCOLAR

  1. Los servicios del Instituto permanecerán cerrados durante el turno de mañana. Los alumnos podrán ir al servicio durante las horas de clase sólo si el profesor considera que es una circunstancia inevitable y según el siguiente procedimiento:
  • El alumno/a pide permiso al profesor y, si éste lo considera oportuno, le da la TARJETA DE AUTORIZACIÓN para salir, anotando una “S” en el Parte de Asistencia.
  • El alumno/a baja a Conserjería y entrega la tarjeta. Los Conserjes le darán la llave del servicio que hay al lado de la Cafetería. Éste será el único servicio habilitado durante el periodo de clase.
  • Al finalizar, el alumno entregará la llave, se le devolverá la tarjeta y volverá a su aula.
  •   En los cambios de clase, todos los servicios estarán cerrados, excepto el servicio en planta baja. Para poder usarlo, sólo cuando sea una circunstancia muy urgente y justificada, los alumnos deberán pedir permiso a los Conserjes.
  • Según lo establecido en el punto 3, los alumnos/as no deben salir del aula y deben esperar a que llegue el profesor para pedir permiso.
  •   Durante el Recreo, se abrirán los servicios situados en la primera planta de la Torreta Central y de la Torreta de Informática, y en la planta baja (junto a Cafetería). Justo antes de finalizar el Recreo, los alumnos atenderán a las indicaciones de los Conserjes para salir, y los servicios quedarán cerrados, por lo que los alumnos tendrán que pedir permiso a los profesores una vez que estén en clase.

El incumplimiento de alguna de estas normas será motivo de parte disciplinario y, como consecuencia, podrá acarrear una sanción, individual o grupal.

6. SERVICIO DE GUARDIA.

  • CRITERIOS DE ASIGNACIÓN.
  1. El profesorado de guardia desempeñará sus funciones durante el horario lectivo del instituto, así como en el tiempo de recreo.
  • Las guardias del profesorado son establecidas por la Dirección del centro, a propuesta de la Jefatura de Estudios.
  • El horario de guardias se confeccionará a partir del horario lectivo del profesorado, procurando rellenar con ello los tiempos sin actividad lectiva existentes en el mismo, siempre que se salvaguarden los siguientes principios:
  1. Al menos, deberá guardarse la relación de un profesor o profesora de guardia por cada ocho grupos de alumnos y alumnas o fracción en presencia simultánea.
  2. En el caso de las guardias de recreo, la proporción de grupos por profesor o profesora de guardia será de seis.
  3. Se procurará evitar la concentración de las guardias en las horas centrales de la actividad escolar en detrimento de las primeras y últimas de la jornada.
  • El número de horas de guardia por profesor o profesora no es uniforme, estableciéndose éste, de manera individual, en función del número de horas lectivas de su horario personal, de la dedicación a otras actividades (coordinación de proyectos, apoyo o desempeño de funciones directivas, etc) y de las necesidades organizativas del centro.
  • Siempre que resulte necesario, al profesorado que desempeñe su actividad docente en horario de mañana y tarde-noche se le asignarán las horas de guardia en el turno de mañana, por existir en esta franja horaria una mayor concentración de alumnado.
  • El profesorado que comparte centro quedará exento del cuidado y vigilancia de los recreos, salvo que sea absolutamente necesaria su colaboración para alcanzar la relación de profesorado de guardia por grupo de alumnos y alumnas establecida en los apartados 1 y 2.
  • En todo caso, en la asignación del horario de guardia al profesorado primará el principio de equidad, procurando con ello compensar las diferencias que puedan resultar en los horarios individuales tras la aplicación de los criterios pedagógicos establecidos para su elaboración.
  • En el turno de tarde, las guardias se realizarán en la Biblioteca del Centro. En caso de haber más de un profesor, uno se quedará en la Biblioteca y el resto permanecerá en la Sala de Profesores.


  • FUNCIONES DEL PROFESOR DE GUARDIA.

Independientemente de las actividades docentes propiamen­te dichas, son funciones del profesorado, entre otras, las siguientes:

  •    La  participación en la actividad general del centro
  •    La colaboración con el equipo directivo en todas aquellas actividades que       permitan una buena gestión del centro, así como el desarrollo armónico de la     convivencia en el mismo.

Serán obligaciones del profesor de guardia:

  1. Velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades docentes y no docentes.
  • Velar por el normal desarrollo de las actividades en el tiempo de recreo, dedicando una mayor atención al alumnado de los primeros cursos de la educación secundaria obligatoria a fin de garantizar su integración en el instituto en las mejores condiciones posibles.
  • Procurar el mantenimiento del orden en aquellos casos en que por ausencia del profesorado encargado de este cometido sea necesario, así como atender a los alumnos y alumnas en sus aulas con funciones de estudio o trabajo personal  asistido.

     Cuando esto ocurra, el profesorado de guardia deberá:

  •    Permanecer con los alumnos en el aula asignada, siempre que ésta no tenga la     consideración de aula específica.
  •    Si el aula asignada al grupo es específica, deberá preferentemente permanecer       con los alumnos en el aula alternativa establecida por Jefatura de Estudios.
  • Anotar en el parte correspondiente las incidencias que se hubieran producido, incluyendo las ausencias del profesorado.
  • Auxiliar oportunamente a aquellos/as alumnos/as que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del centro, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicarlo a la familia.
  • Atender la biblioteca del instituto, en caso de ausencia del profesorado que tenga asignada esta función en su horario individual.
  • Atender, en su caso, el aula de convivencia, de acuerdo con lo que se establezca en el plan de convivencia.
  • Evitar que los alumnos/as permanezcan en los pasillos durante las horas de clase, indicándole según el caso, donde deben estar.
  1. Colaborar con Jefatura de Estudios en el control y supervisión de las tareas o correcciones impuestas al alumnado.


  • ORGANIZACIÓN DE LA GUARDIA DE RECREO.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 327 / 2010 (ROC), en el Artículo 26 – d, el ROF del centro contemplará “la organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo”. En cumplimiento de dicho artículo, el Centro establece las siguientes Normas de Recreo:

  1. El número de profesores de guardia en el recreo será el correspondiente a lo indicado en el artículo 18.3 de la orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.
  • Los profesores de Guardia en el Recreo se incorporarán a su puesto al sonar el timbre. En el caso de que el profesor/a salga de una clase anterior, el tiempo de incorporación a su puesto no excederá de 5 minutos excepto que se produjera alguna circunstancia especial que deberá ser notificada al resto de profesores de Guardia y a Jefatura de Estudios.
  • Los profesores de guardia en el recreo se repartirán los espacios que habitualmente ocupan los alumnos durante dicho periodo:
  • Zona cubierta de “porche”, zona sin asfaltar anexa.
  • Pistas de baloncesto y fútbol sala y zona sin asfaltar anexa al gimnasio.
  • Zona de salida a la calle Arcos de la Frontera junto al gimnasio y zona asfaltada entre el SUM y el gimnasio.
  • Planta baja del centro (“hall” y espacios cercanos a la cafetería) y, especialmente, los aseos que se encuentran junto a la cafetería.
  • Se prestará especial atención a la limpieza, evitando que los alumnos arrojen basura, papeles, latas, etc. al suelo, y al uso adecuado de los aseos abiertos durante el recreo.
  • Los alumnos no podrán acercarse a más de 1,5 metros (aproximadamente) de la valla que separa el recinto del exterior. Esta medida va encaminada a evitar posibles casos de “menudeo” o “trapicheo” con personas ajenas al centro. Los profesores de guardia de recreo serán los encargados de corregir estas conductas, que podrán ser consideradas como Contrarias a las Normas de Convivencia.
  • El interior del edificio será desalojado por los conserjes, que irán cerrando las aulas y dirigiendo a los alumnos hacia la salida, excepto en aquellos casos en los que un alumno o grupo de alumnos hayan sido autorizados a permanecer en el aula.
  1. En el turno de tarde, las guardias de recreo se realizarán en la Biblioteca del Centro. En caso de haber más de un profesor, uno se quedará en la Biblioteca y el resto permanecerá en la Sala de Profesores.


  • ORGANIZACIÓN DE LAS HORAS DE GUARDIA.
  1. Los profesores/as de Guardia durante la jornada escolar se incorporarán a su puesto al sonar el timbre de entrada o de cambio de hora, según las siguientes indicaciones:
  1. Los profesores/as que estén en clase justo antes de su Guardia permanecerán en la planta en la que se encuentren y velarán por el cumplimiento de lo establecido sobre la estancia de alumnos/as en los pasillos, indicando a aquellos que estén fuera de su aula que entren y abriendo las clases que estén cerradas.
  • Los profesores/as que no tengan actividades lectivas antes de la Guardia, se incorporarán a su puesto al sonar el timbre de entrada o de cambio de hora.
  • Los profesores firmarán el Parte de Guardia una vez evaluada de manera presencial la situación en el interior del centro, o al final de la hora si han tenido que permanecer en el aula con algún grupo.
  • El profesor/a que deba atender a un grupo, pasará lista y anotará en el Parte las Ausencias y cualquier otra circunstancia que considere necesaria.
  • Los alumnos no pueden bajar al patio, salvo autorización expresa de la Dirección del Centro al profesorado de guardia. Deberán esperar en su aula a la llegada del profesor/a de guardia. En caso de ausencia de un profesor/a de Educación Física, los alumnos deberán incorporarse inmediatamente a su aula ordinaria y esperar al profesor de Guardia. En ningún caso deben permanecer en el patio. No obstante, si el profesor de Guardia lo considera oportuno, podrá autorizar al grupo a permanecer en el patio haciéndose responsable de la atención y vigilancia de los alumnos durante dicha hora, siempre y cuando no se esté impartiendo clase de Educación Física.


7. PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR.

  • DEFINICIÓN.

Cuanto aquí se recoge es una actualización y adaptación a nuestro centro de la normativa existente al respecto:

  • Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno el 25 de noviembre de 2003 y publicado en BOJA nº 235, de 5 de diciembre.
  • Orden de 19 de septiembre de 2005, (B.O.J.A. nº 202 de 17 de octubre), por el que se desarrollan determinados aspectos del plan integral para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar.
  • Orden de 19 de diciembre de 2005, (B.O.J.A. nº 7 de 12 de enero de 2006), modificando la de 19 de septiembre, por el que se desarrollan determinados aspectos del plan integral para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar.
  1. Se entenderá por absentismo escolar la falta de asistencia regular y continuada del alumnado en edad de escolaridad obligatoria al centro docente donde se encuentre escolarizado sin motivo que lo justifique.
  • Se considera que existe una situación de absentismo escolar cuando las faltas de asistencia sin justificar al cabo de un mes sean de veinticinco horas de clase, o el equivalente al 25 % de días lectivos o de horas de clase, respectivamente.
  • Sin perjuicio de lo recogido en el apartado anterior, cuando a juicio de los tutores o tutoras y del equipo docente que atiende al alumnado, la falta de asistencia al centro pueda representar un riesgo para la educación del alumno o alumna, se actuará de forma inmediata.

El protocolo de actuación que se desarrollará a continuación pretende prevenir y controlar el absentismo escolar del alumnado en edad de escolaridad obligatoria, salvaguardando además con sus actuaciones la responsabilidad que el centro educativo tiene en la prevención y denuncia de las situaciones de desamparo de los menores de edad, de las que la ausencia de escolaridad o deficiencia en la misma es una de sus manifestaciones. Este planteamiento hace que las medidas recogidas en el Capítulo V, apartado 1. no resulten incompatibles con cuanto aquí se incluye, sino más bien la consecuencia académica tras una situación de absentismo que se ha tratado de evitar.

  • PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CON EL ALUMNADO ABSENTISTA.
  1. El tutor/a, tras introducir las inasistencias en Séneca, detecta las ausencias injustificadas del alumnado.
  • Cuando se dé una situación de absentismo el tutor/a citará al padre, madre o tutores legales para analizar las causas, establecer compromisos, etc. La citación se realizará mediante documento con registro de salida y con acuse de recibo. De esa reunión se levantará acta en un documento en el que se hará constar cualquier circunstancia relevante, así como los acuerdos y compromisos alcanzados, si los hubiere.
  • Jefatura de Estudios abrirá una carpeta, donde conservará una copia de cuantos documentos se generen en relación a las actuaciones realizadas.
  • Si los padres o tutores legales no respondieran adecuadamente a los requerimientos en los plazos previstos (no acuden a la citación, o no cumplen los compromisos adquiridos, etc.), el Tutor/a lo comunicará a Jefatura de Estudios por escrito, y lo hará saber a la Dirección del  centro, que continuará con el procedimiento según marca la legislación:
  1. Comunicará por escrito a los padres/tutores las posibles responsabilidades legales en que pudieran estar incurriendo.
  • Comunicará los casos no resueltos a los Equipos Técnicos de Absentismo, previa comunicación al Orientador del centro.
  • La Dirección del centro comunicará al tutor/a, a través de Jefatura de Estudios, el resultado de las gestiones realizadas ante las diversas instancias.


8. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES.

  • OBJETIVOS

Con los siguientes objetivos se pretende dotar al alumnado de instrumentos útiles para organizarse y participar en el diseño de actividades; concienciarles de que éstas forman parte del proceso de enseñanza-aprendizaje, y lograr que adquieran y/o desarrollen unas capacidades críticas y de independencia las cuales les faciliten su integración en la sociedad.

  1. Continuar dotando al Centro y al Departamento de las infraestructuras necesarias para poder desarrollar las actividades complementarias, para lo cual trabajaremos en la adecuación de espacios y dotación de material.
  • Mantener en el Centro la dinámica de actividades existente durante los cursos anteriores
  • Conseguir que la participación en las actividades extraescolares y complementarias se convierta en algo habitual entre alumnado, profesores y padres.
  • Potenciar la capacidad de organización y actuación de estos tres estamentos.
  • Desarrollar el sentido crítico constructivo de los alumnos.
  • Dotarles de instrumentos válidos que les posibiliten una mayor integración en el Centro.
  • Familiarizar a los alumnos con fenómenos culturales ajenos a ellos y marginados habitualmente por los medios de comunicación de masas.
  • Crear dinámicas de respeto a las personas y al entorno, y fomentar hábitos y actitudes que permitan una integración plena del alumno en el medio social y natural. A este objetivo, dados los problemas que está generando la implantación del nuevo sistema educativo, queremos concederle una especial importancia.
  1. Fomentar el asociacionismo como vía de participación, tanto en lo que se refiere al centro como a su integración en el barrio.
  • Convertir al Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares en el hilo conductor de las iniciativas de alumnos, profesores y padres.
  • Organizar actividades extraescolares dirigidas a potenciar la apertura del Centro a su entorno.
  • Utilizar la página Web del centro como instrumento de comunicación con la comunidad educativa, preferentemente con el profesorado y el alumnado.
  • Crear en nuestro alumnado el hábito de buscar en los libros las respuestas a sus preguntas, incentivando, de este modo, la lectura.


  • PLAN DE ACTUACIÓN.

Para materializar estos objetivos en actividades concretas se utilizarán tres cauces de participación:

  • PROFESORADO
  • DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS.

Para establecer una colaboración entre estos Departamentos y el DACE, se informará a los Jefes de Departamento de los siguientes puntos:

a)  Presentación del Departamento de actividades y exposición de los objetivos y forma de funcionamiento de éste.

b)  Entrega de los criterios para organizar las actividades y, de las posibles áreas temáticas en las que éstas se agrupan.

c)  Entrega del calendario anual de actividades para la adecuación temporal de los currículos al mismo.

d) Solicitar que informen a los miembros de sus Departamentos para que pueden trabajar, si lo desean, en las áreas del DACE que sean de su preferencia.

e)  Debatir aquellos puntos que puedan plantear diversidad de opiniones y recogida de sugerencias.

  • TUTORÍAS DE AULA.

Se propone incluir en el Plan de Acción Tutorial un apartado específico sobre actividades de dinamización cultural. En este apartado se recogerán las siguientes actividades

  1. Recoger y canalizar sus iniciativas y sugerencias.
  • Dinamizar al grupo y lograr, de este modo, una mayor participación.
  • Informarles sobre el Plan Anual de Actividades y recoger sus sugerencias.
  • Proporcionarles información acerca de la propuesta de actividades con motivo de días concretos (Jornadas de paz y no violencia, Día de la Constitución, Final del Trimestre, Día de Andalucía, etc. ) .


  • ALUMNADO.

Para lograr la mayor participación posible se abrirán las siguientes vías de información entre este Departamento y los alumnos.

  • Informar a los delegados y subdelegados de las actividades programadas para sus grupos y solicitar que difundan las propuestas del Departamento y fomenten la participación de sus compañeros en las mismas.
  • A través del panel informativo situado en el vestíbulo principal del centro.
  • Mediante el Calendario, que se ha habilitado en la página web del centro, así como a través del blog Tic- Ágora.
  • PADRES Y MADRES.
  • Se informará a la Asociación de Padres de la existencia de este Departamento, de sus objetivos y criterios generales; y se la invitará a participar de forma activa en la programación y realización de actividades.
  • Se mandará información a los padres de los alumnos sobre la estructura y funciones del Departamento y se les invitará a que participen con nosotros.
  • CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES.

Las actividades se programan y organizan según unos criterios elaborados por el Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias, consensuados con los tres estamentos de la Comunidad Educativa y aprobados por el Consejo Escolar del Centro.

La necesidad de unos criterios se justifica, entre otras, por las siguientes razones:

  • Dar un sentido a las actividades que se organizan en el Centro.
  • Coordinarlas evitando confluencias que puedan alterar el normal desarrollo del horario lectivo.
  • Facilitar la organización y el desarrollo de las mismas.
  • Contribuir a su difusión incrementando la asistencia y la participación del alumnado.


  • CRITERIOS GENERALES.
  1. Las actividades Complementarias y Extraescolares organizadas por Departamentos Didácticos, Profesores, Alumnos o Asociación de Padres se diseñan al comienzo del curso, con el fin de incluirlas en la programación anual de actividades, que debe aprobar el Consejo Escolar.
  • Si alguna actividad quedase fuera de esta programación, será comunicada al DACE con antelación suficiente para que sea aprobada.
  • Una semana antes de cuando esté programada una actividad debe confirmarse su realización al DACE, para que éste la incluya en la programación mensual, que se anuncia en la página Web del centro.
  • En la programación de una actividad se debe especificar:
  • Fecha de realización.
  • Objetivos que se pretenden.
  • Actividades concretas que se van a realizar.
  • Cursos y grupos participantes.
  • Número de alumnos y alumnas implicados.
  • Espacios donde se va a desarrollar.
  • Tiempo de duración.
  • Persona o entidad que la organiza (Áreas, Departamentos Didácticos, Tutor, Asociación de Padres, Asociación de Alumnos, Profesores o Alumnos que la organizasen; etc.).
  • El profesorado responsable de una actividad debe velar por el cumplimiento de lo programado y, al término de la misma, comunicar al Departamento de Actividades las incidencias que consideren de interés.
  • Los alumnos y alumnas que participen en una actividad han de contribuir al desarrollo normal de la misma, adoptando una actitud de respeto y colaboración.
  • El Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias informará, con antelación suficiente, a través de la página Web del centro, tanto de las actividades programadas por él mismo, como de las que han surgido a iniciativa de otros núcleos organizativos (Departamentos, Tutorías, Profesorado, etc.).
  • A partir del mes de mayo, se procurará no organizar actividades que impliquen la utilización de horas de otras asignaturas.
  1. Es aconsejable que los equipos educativos de cada grupo de ESO y Bachillerato se reúnan a principio de curso para programar las actividades complementarias que impliquen la utilización de horas de otras asignaturas, con el fin de limitar el número de aquellas.


  • CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DENTRO DEL CENTRO.
  1. El profesor o profesora acompañará a su alumnado en las actividades que estén organizadas, específicamente para el grupo, y que se desarrollen en horario de clase o tutoría.
  • Los alumnos y las alumnas tienen la obligación de asistir a las actividades programadas para su grupo, y que se desarrollen durante sus horas de clase o tutoría.
  • Una vez finalizada una actividad, el alumnado asistente a la misma continuará con su horario lectivo normal.
  • Se procurará que no haya actividades que supongan la suspensión de todas las clases de un día.
  • CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN FUERA DEL CENTRO.
  1. Las actividades que se realicen fuera del recinto escolar deberán contar con la aprobación del Consejo Escolar y estar incluidas en el Plan de Centro.
  • A los alumnos menores de edad que participen en este tipo de actividades se les requerirá autorización por escrito de  sus padres. Si son mayores de edad, ellos mismos pueden firmarla.
  • Se informará, con antelación suficiente a los padres y madres, así como al alumnado participante, de las actividades que supongan una salida del Centro. En la programación de las mismas ha de especificarse lo siguiente: objetivos que se pretenden; actividades a realizar; profesores acompañantes; lugar y horario de salida y llegada; etc.
  • Para organizar una actividad fuera del centro, se exigirá, como mínimo, la participación de un 70% de los alumnos y alumnas del grupo; no obstante, se podrá realizar la actividad con una menor participación, excepcionalmente, a petición del profesor que la organiza, cuando la actividad tenga el suficiente interés didáctico.
  • En el caso de las asignaturas optativas, se entiende que el 70 % corresponde a los alumnos matriculados en las mismas.
  • Se procurará que acompañen al alumnado, bien profesores o profesoras que les den clase, o bien aquellos que tengan alguna relación con la actividad.
  • La relación alumnos-profesores no debe exceder de 1-25.Cuando el número de alumnos participantes sea superior a 25 deberán acompañarles dos profesores.
  • La asistencia de un mayor número de profesores que el anteriormente indicado, deberá ser solicitada a la Dirección del Centro y aprobada por la misma.
  1. Los alumnos y las alumnas que participen en este tipo de actividades fuera del Centro asumen el compromiso de asistir a todos los actos programados.
  • Cuando se organiza una actividad extraescolar, para uno o varios grupos, aprobada por el Consejo Escolar, con una participación mínima de un 70% en cada uno de ellos, no se puede avanzar materia, por no poder evaluar de ella a los alumnos ausentes. No obstante, la jornada escolar se desarrollará con normalidad, con horario de 8:15 a 14:40.
  • Los alumnos que no hayan sido autorizados por sus padres a realizar la actividad no están exentos de la asistencia a clase y su ausencia será registrada como falta injustificada. 
  • Los niveles y grupos que podrán realizar el viaje fin de estudios, durante el periodo escolar, serán los de 4º de ESO, 1º de Bachillerato y 2º de Ciclos Formativos.
  • Los viajes o excursiones escolares tendrán una duración máxima de cinco días lectivos, exceptuando los intercambios con centros escolares en el extranjero y los que respondan a convocatorias específicas de la Administración.
  • TIPOS DE ACTIVIDADES.
  • ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS.

Se consideran actividades complementarias las organizadas por el centro durante el horario escolar, de acuerdo con su Plan de Centro, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan.

De forma general, y teniendo en cuenta que estas actividades se realizan dentro del horario escolar, la participación del alumnado es obligatoria, así como la colaboración del profesorado en su desarrollo. No obstante, y como excepción, el alumnado no estará obligado a participar en ellas cuando:

  • Se requiera la salida del centro (en tanto que se necesita autorización de la familia en los casos de minoría de edad).
  • Se requiera una aportación económica.

En estos dos casos, el centro deberá arbitrar las medidas necesarias para atender educativamente al alumnado que no participe en ellas. Las faltas de asistencia a estas actividades deberán ser justificadas por las familias en los mismos términos que para las clases ordinarias.

La participación en las actividades complementarias de corta duración podrán ser autorizadas por las familias con carácter general, mediante el modelo que será facilitado por Vicedirección.

  • ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

Se consideran actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del  centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso del tiempo libre.

Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo, tendrán carácter voluntario y, en ningún caso, formarán parte del proceso de evaluación de las distintas áreas o materias curriculares.

El alumnado que presente conductas gravemente perjudiciales para la convivencia podrá ser privado de la participación en estas actividades por un periodo máximo de un mes.

  • VIAJE DE ESTUDIOS.

Se considera Viaje de Fin de Estudios aquella actividad, complementaria y extraescolar al mismo tiempo, que realizan los alumnos y alumnas del centro con motivo de la finalización de su estancia en el Instituto (excepto en el caso de 1º Bachillerato).

Dado el carácter formativo que por definición tiene este viaje, el Consejo Escolar velará porque el proyecto de realización reúna las necesarias características culturales y de formación, sin las cuales dejaría de tener sentido.

Se designará un tutor de Viaje Fin de Estudios entre los profesores que imparten clase a los alumnos participantes en el mismo y que tendrá las siguientes funciones:

  1. Coordinar el viaje de estudios.
  2. Ayudar al alumnado a sufragar parte del mismo, a través de la venta de productos (camisetas, mantecados, etc.) y sorteos.
  3. Pedir presupuesto económico a diferentes agencias de viajes.
  4. Informar a los padres y madres de todas las gestiones realizadas, así como de todos los pormenores del viaje.
  5. Acompañar a los alumnos al viaje.

Se procurará que la fecha de realización de este viaje sea en el 2º trimestre del curso, a fin de no perjudicar el rendimiento académico de los alumnos en el último tramo del curso.

Por su carácter mixto de actividad complementaria y extraescolar, le será de aplicación cuanto hubiere lugar de lo reflejado con anterioridad en los apartados correspondientes.

Se mantendrá una reunión informativa inicial al comienzo de curso con el alumnado de los grupos participantes en el viaje, en el que se le informará de las características de éste y de los requisitos del mismo, así como de las normas establecidas.

  • NORMAS PARA LAS SALIDAS FUERA DEL CENTRO.
  1. Los alumnos y alumnas se comprometen a respetar las normas y directrices que les marque el profesorado, así como a guardar un comportamiento correcto en el autobús, los lugares públicos, los museos y el hotel.
  • Igualmente, se comprometen a no fumar ni a tomar alcohol o sustancias perjudiciales para la salud, excepto cuando se trate de actividades organizadas por el Departamento de Hostelería en cuya realización se pueda incumplir lo anteriormente dicho.
  • Deben respetar escrupulosamente el horario establecido por el profesorado.
  • En el caso de que algún alumno no acate estas normas y directrices o se comporte indebidamente, se llamará, inmediatamente, a sus padres para que se hagan cargo de él.
  • Los gastos ocasionados por el comportamiento inadecuado de un alumno o alumna correrán a cargo de sus padres.
  • Si se diera algún caso de comportamiento grave (robo, destrozos en el hotel o el autobús, alteración grave de la convivencia, etc.), los alumnos serán inmediatamente devueltos a España, corriendo a cargo de sus padres el importe del desplazamiento.
  • Observaciones:
  • Los alumnos deberán llevar la tarjeta sanitaria europea, que se puede conseguir, en Ronda de los Tejares (Tesorería de la Seguridad Social, junto a Cortefiel).
  • Igualmente, llevarán consigo, en todo momento, el DNI.
  • Se debe incluir en el equipaje: calzado cómodo, ropa de abrigo y paraguas plegable. Esto último dependerá del tiempo que se prevea.


9. USO DE TELÉFONOS MÓVILES Y OTROS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS.

  1. Puesto que el teléfono móvil no es un útil necesario para el desarrollo de la actividad académica, queda expresamente prohibida su utilización o mera exhibición durante la jornada escolar, debiendo permanecer en todos los momentos desconectado y guardado. El incumplimiento de esta norma será considerado como conducta a corregir.
  • A excepción de los lápices electrónicos de memoria externa, el alumnado no podrá utilizar en clase ningún dispositivo electrónico que no sea previa y expresamente autorizado por el profesor o profesora. El incumplimiento de esta norma será considerado como conducta a corregir.
  • En todo el recinto escolar está terminantemente  prohibido el uso del teléfono móvil como cámara fotográfica o grabadora de imágenes o sonidos. La trasgresión de esta prohibición será considerada como conducta gravemente perjudicial para la convivencia.
  • El profesorado queda facultado para retirar temporalmente el móvil u otro aparato y depositarlo en Jefatura de Estudios para su entrega posterior. Queda a criterio de Jefatura de Estudios el tiempo de su retención y si la entrega se le efectúa al propio alumno/a o a sus representantes legales.
  • En ningún caso el Instituto se responsabiliza de la pérdida o hurto de los teléfonos móviles ni de cualquier aparato u objeto que no sea necesario en el proceso de aprendizaje del alumnado, correspondiendo a cada alumno/a su guarda y custodia.

10.          PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE DE UN ALUMNO O ALUMNA.

  1. Cuando un alumno o alumna necesite asistencia médica durante su estancia en el Instituto, por encontrarse inesperadamente enfermo o haber sufrido un accidente, éste deberá informar en primera instancia al profesor o profesora que esté a cargo de la clase.
  • Si el asunto es considerado leve, el alumno o alumna acudirá a Jefatura de Estudios, que se encargará de:
  1. Contactar con la familia para que se personen en el centro y se hagan cargo del alumno o alumna. Mientras esto ocurre, quedará bajo vigilancia y asistencia del profesorado de Guardia, Jefatura de Estudios o, si fuera necesario, de Conserjería.
  • Si la familia se negara a presentarse en el Instituto para hacerse cargo del alumno o alumna, o bien no se pudiera localizar a ningún familiar, el profesorado de guardia lo acompañará al centro de Salud, donde se informará de la incomparecencia de la familia para que actúen según proceda. Esta incidencia quedará reflejada en el parte de guardia.
  • Siempre que el alumno o alumna sea acompañado a un centro médico por el profesorado de guardia, se requerirá el correspondiente documento de asistencia, cuya copia quedará registrada en el archivo de la Secretaría del centro.
  • Si el asunto es considerado grave por el profesorado de guardia o el profesorado responsable del alumno/a en ese momento, éstos se harán cargo de la atención y vigilancia del alumno/a y avisarán a cualquier directivo que se encuentre en el centro.
  1. El miembro del equipo directivo que haya sido informado de la incidencia contactará inmediatamente con el Servicio de Urgencias.
  • Una vez avisado el Servicio de Urgencias, el directivo contactará con la familia para informarle del hecho producido y solicitar su presencia en el centro o, si fuera necesario, en el Centro Médico u Hospital que le indique el personal médico.
  • Reflejará en el Libro de Registro de Incidencias de Jefatura de Estudios el nombre del alumno y la hora de llamada al Servicio de Urgencias.
  • El alumno o alumna deberá quedar inmovilizado, siempre que la enfermedad o accidente tenga cierta relevancia, como por ejemplo:
  • Fractura, contusión o golpe en cabeza, columna vertebral o extremidades.
  • Caída por escaleras o desde alturas, aunque no se aprecien signos externos.
  • Desvanecimiento, mareo, visión borrosa, etc.
  • Imposibilidad de movimiento por sus propios medios.
  • Si el alumno o alumna es menor de edad y expresara el deseo de irse a su casa, en ningún caso se accederá a ello si no es recogido por algún familiar del mismo perfectamente identificado. Es recomendable guardar el mismo principio de actuación preventiva con el alumnado mayor de edad, si bien, en función de las circunstancias, el equipo directivo pudiera acceder a ello.
  • No se administrará ningún medicamento al alumnado durante su estancia en el Instituto, a no ser que de ello pudiera derivarse un mal mayor o que, bajo prescripción facultativa, resulte absolutamente necesario, en cuyo caso quedará registrado en el Libro de Registro de Incidencias de Jefatura de Estudios.
  • Las familias están obligadas a informar al centro, incluyendo la documentación correspondiente en el sobre de matrícula, de cualquier asunto médico de sus hijos o hijas que pudiera resultar relevante durante la estancia de estos en el Instituto.

11.     PROTOCOLO PARA EFECTUAR UNA BAJA DE OFICIO EN EL ALUMNADO DE CICLOS FORMATIVOS

Para efectuar la Baja de Oficio a un alumno/a que cursa CCFF se procederá de la siguiente forma:

  1. Pasados 12 días lectivos desde el inicio de curso, el Tutor/a del grupo rellenará el documento “Apercibimiento Baja de Oficio” para todos aquellos alumnos/as que hayan faltado a más del 50% de los días lectivos de manera injustificada (ver extracto de normativa adjunto) desde el inicio de curso.
  • En dicho documento se darán 10 días lectivos de plazo desde la fecha de entrega de la documentación en la Jefatura de Estudios, como  tope para la incorporación del alumno/a y la justificación de las faltas.
  • El Tutor/a del grupo generará e imprimirá en Séneca el documento “Resumen de faltas de asistencia del alumnado de una unidad en un periodo” de su Tutoría.
  • Remitirá a la Jefatura de Estudios tanto las hojas de “Apercibimiento Baja de Oficio”  debidamente cumplimentadas y firmadas como el documento “Resumen de faltas de asistencia del alumnado de una unidad en un periodo”.
  • Desde el Centro y con registro de salida, se enviará por carta certificada la hoja de “Apercibimiento Baja de Oficio” al siguiente día lectivo de la recepción de la documentación.
  • Si antes de este plazo, el alumno/a se incorpora a clase y justifica sus faltas (ver extracto de normativa adjunto), el proceso quedará paralizado.
  • Si por el contrario, pasada la fecha indicada en la hoja de “Apercibimiento Baja de Oficio”, el alumno sigue sin incorporarse a clase o sin justificar las ausencias, el Tutor/a del grupo entregará a la Jefatura de Estudios el documento “Resolución Baja de Oficio” debidamente cumplimentado.
  • Desde el Centro y con registro de salida, se enviará por carta certificada la hoja de “Resolución Baja de Oficio” al siguiente día lectivo de la recepción de la documentación.
  • Desde ese mismo instante, el Centro declarará como vacante esa plaza, que será ocupada por la siguiente persona en lista de espera, según establece el procedimiento de admisión del alumnado de los CCFF.
  1. Tanto la hoja de “Apercibimiento Baja de Oficio” como la de “Resolución Baja de Oficio” estarán a disposición del Tutor/a del grupo en la Jefatura de Estudios del IES o podrán ser descargados desde la web del Centro, en su sección “Documentos” / 1-Documentos Organizativos / 2-Plantillas oficiales de impresos, autorizaciones…


EXTRACTO DE LA NORMATIVA APLICADA EN EL ROF Y EL PE DE CENTRO.

ORDEN de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 8. Baja de oficio.

1. Los centros docentes sostenidos con fondos públicos podrán incoar expediente de baja de oficio de enseñanzas de formación profesional inicial, si una vez iniciadas las actividades lectivas y transcurridos diez días lectivos se observase la no incorporación o la inasistencia injustificada y reiterada de algún alumno o alumna a las mismas.

2. En los cinco días siguientes al plazo referido en el apartado anterior, el centro docente comunicará por escrito, mediante alguno de los procedimientos legales que garantice su recepción, tal circunstancia al alumno o alumna o a sus representantes legales si se trata de menores de edad, y le informará del plazo para la incorporación a las actividades académicas, que no será superior a diez días lectivos a contar desde la recepción de la notificación.

Si transcurrido este plazo no se produce la incorporación ni la justificación de las faltas de asistencia por alguno de los motivos relacionados en el artículo 6.2 se procederá a hacer efectiva la baja de oficio, mediante resolución definitiva dictada por la persona titular de la dirección del centro docente. Dicha resolución se notificará al solicitante o a sus representantes legales mediante alguno de los procedimientos legales que garanticen su recepción y de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La baja de oficio llevará aparejada la pérdida de la convocatoria correspondiente a la matrícula. Esta circunstancia se reflejará en el apartado de observaciones del expediente del alumnado con el texto «BAJA DE OFICIO». Asimismo, el alumno o alumna que cause baja de oficio perderá el derecho de reserva de plaza, por lo que, si en el futuro deseara continuar dichos estudios, deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión que esté establecido.

Artículo 9. Recursos y reclamaciones.

1. Contra la resolución definitiva de convocatoria extraordinaria, renuncia a convocatoria, renuncia a matrícula o baja de oficio, emitida por la persona titular de la dirección de un centro docente público podrá interponerse por los interesados recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente.

2. Contra la resolución definitiva de renuncia a convocatoria, renuncia a matrícula o baja de oficio emitida por la persona titular de un centro docente privado se podrá presentar reclamación en el plazo de un mes ante la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

12.     PROTOCOLO PARA EFECTUAR UNA BAJA DE OFICIO EN EL ALUMNADO DE CICLOS FORMATIVOS

Véase el apartado correspondiente en la sección de Ciclos Formativos del Plan de Centro.