INFORMACIÓN GENERAL

Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Es un trámite que permite al alumnado «convalidar» la totalidad o parte del módulo de Formación en Centros de Trabajo con su experiencia laboral.

REQUISITOS

1. La exención total o parcial del módulo profesional de  formación en centros de trabajo requerirá, además de cumplir el requisito de experiencia laboral, la matrícula previa del alumno o de la alumna en un centro docente autorizado para impartir enseñanzas conducentes al título del ciclo formativo  correspondiente, es decir, debe estar matriculado en el módulo de FCT (Formación en Centros de Trabajo).

2. La solicitud de exención, así como la documentación  acreditativa, se presentará en la secretaría del centro docente  donde el alumnado se encuentre matriculado. Se emplea  para ello el modelo que como Anexo I se adjunta a esta Orden. 

3. Si la solicitud se presenta en un centro docente privado, la persona titular del mismo remitirá la documentación y  el informe del equipo docente, a que hace referencia el artículo  24, al centro docente público al que se encuentre adscrito. 

4. Cuando se trate de alumnado que se matricule sólo  del módulo profesional de formación en centros de trabajo y,  si procede, el de proyecto, esta solicitud se entregará en el  momento de formalizar la matrícula. Si el alumnado realiza el  módulo profesional de formación en centros de trabajo en el periodo establecido con carácter general, la solicitud de exención se presentará al menos un mes antes del inicio de las  actividades programadas para dicho módulo profesional. 

5. La justificación de la experiencia laboral se realizará  de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real  Decreto 1124/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las  competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral  con los siguientes documentos: 

a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la  que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación. Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde  hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del  contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en  el que se ha realizado dicha actividad. 

b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por  cuenta propia: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad  Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de  alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente. Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de  tiempo en el que se ha realizado la misma. 

c) Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios: Certificación de la organización donde se haya prestado  la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y  el número total de horas dedicadas a las mismas.

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

1. El equipo docente del ciclo formativo, tras el análisis  de la documentación aportada, emitirá un informe que deberá  expresar, a la vista de los resultados de aprendizaje del módulo profesional de formación en centros de trabajo que deben  tenerse adquiridos y de acuerdo con los criterios de exención  recogidos en la programación del módulo profesional, una propuesta de conceder la exención total o parcial del mismo. Dicho  informe se ajustará al modelo que se adjunta como Anexo II. 2. En caso necesario, el equipo docente del ciclo formativo podrá recabar por escrito a los interesados cuanta información complementaria considere conveniente.